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Miscelánea Fiscal 2022

La miscelánea fiscal 2022 fue aprobada con ligeras modificaciones en las nuevas obligaciones que debe cumplir el contador público, las cuestiones de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para los mayores de edad, el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para el sector primario, entre otras.

El debate que comenzó el lunes 18 de Octubre concluyó el 20 del mismo mes a las 10:46 PM con la aprobación en lo general y particular de las reservas aceptadas por el Pleno. Tuvieron lugar 274 votos a favor, 220 votos en contra y cero abstenciones.

Modificaciones fiscales aceptadas:

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta: Supresión de los artículos 9, 74-B, 189, 190, 202, 203 y 204. Modificación del párrafo noveno del artículo 113-E.
  • Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios: Se eliminaron las disposiciones transitorias.
  • Código Fiscal de la Federación: Se aceptaron modificaciones a los artículos 27, apartado A, párrafo quinto; 91-A y 96, fracción III; y la fracción sexta de las disposiciones transitorias.
  • Se aceptó eliminar las reformas a los artículos 9 fracción II, 189, 190, 202, 203 y 204 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, relativas a mantener diversos estímulos fiscales.
  • Se suprimió el artículo 74-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para que quede como se encuentra vigente en 2021, en materia de las personas morales de derecho agrario.
  • En el párrafo noveno del artículo 113-E de la Ley del ISR para aumentar de 300 mil a 900 mil pesos, el tope propuesto para no pagar el impuesto que se establece para las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
  • En el IEPS se eliminaron las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de cuotas aplicables a los combustibles automotrices.
  • Se aceptó modificar el párrafo quinto del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, para precisar que no se aplicarán sanciones a los jóvenes de 18 años que no se inscriban al Registro Federal de Contribuyentes.

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    • Se modificó el primer párrafo del artículo 91-A y la fracción III del artículo 96 del Código Fiscal de la Federación para que no sea considerada como infracción la omisión de la denuncia por parte del contador público tratándose de la clasificación arancelaria de mercancías.
    • Se aprobaron los dictámenes de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y la Ley Federal de Derechos (LFT) para 2022, las que fueron enviadas al Senado de la República para dar continuidad al proceso legislativo que concluyó el 31 de Octubre con la aprobación del Senado.

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